¿Qué es y cómo generar la nómina electrónica?

El pasado 11 de febrero, por medio de la resolución 0013 de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció la exigencia de la nómina electrónica, un trámite que espera fortalecer el programa de la factura electrónica.

Se trata de un documento que sirve como soporte de los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios e impuestos descontables del IVA.

Tal como su nombre lo indica, está compuesto por la información de los valores devengados de nómina, los valores deducidos de nómina, y el valor total de la diferencia de los mismos.

Cada empleador debe generar la nómina electrónica y enviarla a la Dian para la verificación.

¿Quiénes están obligados?

La resolución 0013 de febrero 11 de 2021 indica que están obligados a expedir la nómina electrónica los “contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, que realizan pagos o abonos en cuenta que se derivan de una vinculación, por una relación laboral o legal y reglamentaria y por pagos a los pensionados a cargo del empleador, que requieran soportar los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios e impuestos descontables en el Impuesto sobre las Ventas -IVA, cuando aplique”.

Es decir, es un trámite que deben hacer todos los empleadores que tengan un contrato laboral con cualquier trabajador.

¿Cómo expedir la nómina electrónica?

La Dian le dijo a El Espectador que el servicio electrónico estará disponible en las siguientes semanas y se deberán seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a la plataforma “Habilitación de Factura Electrónica”.
  • Dentro de la plataforma en el menú principal encontrará la opción de “Documento soporte de Pago de Nómina Electrónica”.
  • Seleccionar la opción modo de operación
  • realizar las pruebas para obtener el estado de “Habilitado”.

Una vez habilitado, podrá ingresar a la plataforma “Facturando Electrónicamente” y ya podrá hacer los envíos del Documento soporte de Pago de Nómina Electrónica.

Asimismo, la Dian explica que la generación y transmisión de la nómina electrónica se podrá hacer por medio de un software de desarrollo propio o con software adquirido con un proveedor de soluciones tecnológicas.

¿Qué plazos hay?

La Dian estableció un calendario para la expedición de la factura electrónica que irá desde junio hasta diciembre de 2021. La fecha dependerá del número de trabajadores de cada empleador:

¿Cada cuánto se debe expedir la nómina electrónica?

La Dian le aclaró a El Espectador que la nómina electrónica deberá “generarse para efectos tributarios de forma mensual, independientemente de que el sujeto obligado, realice pagos en periodos diferentes. Es decir se deberá acumular la información relacionada con los conceptos de valores devengados de nómina, valores deducidos de nómina y el valor total diferencia, respecto de los pagos o abonos en cuenta, derivados de la relación laboral o legal y reglamentaria o de pensiones, correspondiente a las liquidaciones de nómina realizadas en el mes inmediatamente anterior, y transmitirlo dentro de los diez primeros días del mes siguiente a los correspondientes pagos”.

Información tomada de El espectador 

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